La nueva responsabilidad penal de la sociedades

La nueva reforma del Código Penal que entró en vigor el 1 de julio de 2015 (LO 1/2015), incorpora, como novedad, un completo desarrollo de las responsabilidades penales en que pueden incurrir las Personas Jurídicas, pero también, el sistema de exención de dicha responsabilidad (Artículo 31 Bis C.P.). <<Acceder a la Ley>>

Así, para que tanto la persona jurídica como sus administradores queden exenta de responsabilidad penal será preciso que cuente con un Modelo de Organización (Compliance Penal) que resulte adecuado para la prevención de los delitos o reducir significativamente el riesgo de que esto se produzcan.

Nuestro equipo de Compliance Officers acreditados, está especializado para implantar el Protocolo Empresarial de Cumplimiento Penal (Compliance Penal) a partir de un análisis riguroso análisis de la estructura del cliente, de sus procesos de generación de decisiones empresariales y de los controles internos pre-existentes, al objeto de realizar la implantación de la herramienta de la forma más eficiente y con el menor índice de injerencia en los procesos ordinarios de la empresa.

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